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041 _aspa
082 _aT DER 2013
_b008
100 1 _930987
_aDe la Cruz Taborda, Beatriz
245 1 3 _aLa falacia del interés general en las cláusulas exorbitantes de la contratación pública /
_cBeatriz de la Cruz Taborda, Juan Carlos Toro Puerta
250 _a1a ed.
260 3 _aMedellín :
_bCorporación Universitaria Americana,
_c2013
300 _a117 p.
_c29 cm.
504 _aIncluye referencias
505 _aEl poder que le es conferido por la Constitución Política a la Administración Pública y que enmarca la Ley 80 de 1993, frente a la posibilidad de realizar contratos en razón de sus propias necesidades, son una razón ajustada para que quienes contraten con el estado cuenten con posibilidades de ejercer un derecho y cumplir con un deber, pero dentro del cumplimiento de este sentir legal, el Estado en cabeza de la Administración Pública adquiere una especie de blindaje que se enmarca en las cláusulas exorbitantes, y que brindan una especial protección a la Administración Pública en razón de su capacidad contractual, sus alcances o sus limites, por ello, es necesario clarificar por lo menos de una forma amplia, qué son las cláusulas exorbitantes, y de este modo determinar cuáles son realmente los poderes frente al interés general de las cláusulas exorbitantes del contrato estatal.
650 0 _95531
_aContratos Estatales
_zColombia
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_aCláusulas abusivas
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_aTrabajos de grado
_xDerecho
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_aToro Puerta, Juan Carlos
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_hT DER 2013
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