000 01915nam a2200205 a 4500
005 20170306172511.0
008 170306s2016 ck a|||g |||| 001 | spa d
041 0 _aspa
082 0 4 _221
_a346.023
_bM539 2016
100 1 _921405
_aMendoza Cury, Antonio Luis
245 1 0 _aCriterios planteados en la jurisprudencia del Consejo de Estado en relación a la liquidación de perjuicios materiales en el ámbito de la responsabilidad extracontractual del Estado por falla en el servicio médico /
_cAntonio Luis Mendoza Cury ...[et al]
260 _aBarranquilla :
_bCorporación Universitaria Americana,
_c2016.
300 _a58 p. :
_bil. ;
_c27 cm.
504 _aIncluye referencias bibliográficas p. 56.
520 0 _aResumen. En el desarrollo del marco referencial se hace alusión a la falla médica en los eventos en que se produce el daño generado en la prestación del servicio de salud, además se establece que, la obligación que asume el médico en el ejercicio de su profesión es de medios y no de resultado. En la jurisprudencia del Consejo de Estado y de los textos doctrinales se dieron debates jurídicos que originaron dos corrientes jurídicas contrapuestas: los que hacen extensivo el tema de las obligaciones de resultado no solo a distintas ramas de la medicina, sino además a procedimientos o tratamientos médicos particulares, de los cuales, consideran, podría exigirse un resultado en concreto, una garantía o un producto determinado; y otra corriente constituida por aquellos que pregonan que todo acto médico, sin excepción alguna, está circunscrito dentro de las obligaciones de medio y no de resultado.
700 1 _921406
_aPeña Fajardo, Victor Raul
700 1 _921407
_aVergara Camargo, Luis Rafael
_eAsesor disciplinar.
700 1 _921398
_aMendoza de la Rosa, Javier
_eAsesor metodológico.
942 _2ddc
_cTIF
_h346.023
_iM539 2016
999 _c62243
_d62243