Deficiencias del incidente de desacato en el cumplimiento de la acción de tutela / Ivan Comas Castillejo, Yenny Coronell Oyola ; Asesor Disciplinar. Luis Fernando Romero ; Asesor Metodológico. Yadira García García.

By: Contributor(s): Material type: TextTextLanguage: Spanish Publication details: Barranquilla : Corporación Universitaria Americana, 2014.Description: p. 39 : il. ; 28 cmDDC classification:
  • 21 342.0854 C728 2014
Subject: El estudio en el que se fundamenta el presente artículo se orienta a determinar si el incidente de desacato constituye una herramienta apropiada para sancionar el incumplimiento de decisum adoptado en la sentencia de tutela impartida por el juez constitucional, no sin antes recordar que la acción de tutela es un mecanismo preferente y sumario de rango constitucional, como viene señalado en el artículo 86 de la carta política, y el fallo que la conceda debe ser obedecido sin demora alguna, tal como lo dispone el artículo 27 del Decreto reglamentario No. 2591 de 1991; pero muy frecuentemente quienes se ven avocados a dicho cumplimiento no acatan la orden impartida dentro de los términos señalados en esta norma; de ahí que el ordenamiento jurídico ofrece un instrumento específico para castigar esa conducta, como es el incidente de desacato.
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Trabajo de Grado Trabajo de Grado Biblioteca William Corredor Gómez. Sede Cosmos (Barranquilla) Trabajos de Grado 342.0854 C728 2014 (Browse shelf(Opens below)) Ej. 1 Available Colección 1, Hemeroteca (Trabajos de grado) 342250020

Incluye referencias bibliográficas p. 39.

El estudio en el que se fundamenta el presente artículo se orienta a determinar si el incidente de desacato constituye una herramienta apropiada para sancionar el incumplimiento de decisum adoptado en la sentencia de tutela impartida por el juez constitucional, no sin antes recordar que la acción de tutela es un mecanismo preferente y sumario de rango constitucional, como viene señalado en el artículo 86 de la carta política, y el fallo que la conceda debe ser obedecido sin demora alguna, tal como lo dispone el artículo 27 del Decreto reglamentario No. 2591 de 1991; pero muy frecuentemente quienes se ven avocados a dicho cumplimiento no acatan la orden impartida dentro de los términos señalados en esta norma; de ahí que el ordenamiento jurídico ofrece un instrumento específico para castigar esa conducta, como es el incidente de desacato.

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